Cómo instalar placas solares en una comunidad de vecinos.

En este post vamos responder a las preguntas más frecuentes que surgen a la hora de instalar placas fotovoltaicas en una comunidad de propietarios y trataremos de explicar cuáles son sus principales beneficios.

A nuestra empresa llegan personas que quieren usar los beneficios de las placas solares, pero que no tienen una vivienda unifamiliar, sino que viven en una comunidad de vecinos, y nos preguntan ¿cómo instalar placas solares para su familia en su comunidad de vecinos?

En este post vamos a intentar responder a las preguntas más frecuentes que surgen a la hora de instalar placas fotovoltaicas en una comunidad de propietarios y trataremos de explicar cuáles son sus principales beneficios.

  • ¿Puedo instalar placas solares en mi comunidad de vecinos?

Queremos dejar claro que no hay ninguna ley que lo impida, siempre y cuando el edificio cumpla los requisitos para ello.

El principal inconveniente suele ser el espacio disponible, pero si la azotea de su edificio cuenta con un espacio lo suficientemente amplio para albergar placas solares capaces de suministrar energía para toda la comunidad, se podrá seguir adelante con la instalación.

También debe tenerse en cuenta la cantidad de luz que recibirán las placas solares. La azotea de su edificio debe estar expuesta a la radiación solar una cantidad de horas suficiente para que la instalación resulte rentable.

  • ¿Tengo que pedir permiso a mi comunidad de vecinos?

Rotundamente sí.

Si vives en una comunidad de propietarios, es necesario que haya acuerdo para llevar a cabo la instalación de placas solares. Según la Ley de Propiedad Horizontal, se requiere el voto favorable de la mayoría de los propietarios que representen la mayoría de las cuotas de participación (veremos esto más adelante). Aquí enlace a la ley completa en PDF.

Sin embargo, el coste anual de la instalación, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas y aplicada la financiación, no debe superar el equivalente a nueve mensualidades ordinarias de gastos comunes, cuando la instalación vaya a proporcionar energía a las zonas comunes.

En caso de obtener un resultado favorable en la votación, los vecinos que no estén de acuerdo también deberán asumir los gastos de la instalación que les correspondan proporcionalmente, ya que se consideran gastos generales. Esto siempre que la instalación se dedique a cubrir los consumos eléctricos generales de la comunidad de vecinos.

Es importante tener en cuenta que si la instalación es solo para una parte de los vecinos y zonas comunes, se requiere el voto a favor de un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.

Esto está estipulado en el artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, que se refiere a la «instalación de sistemas comunes o privativos de aprovechamiento de energías renovables, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos».

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  • ¿Son suficientes los paneles solares para abastecer a una comunidad de vecinos?

Todo dependerá del número de paneles, la ubicación de los mismos, el tipo de azotea, la orientación y la cantidad de energía consumida por los vecinos.

Es habitual que los propietarios firmen un acuerdo legal que determinará las claves de distribución de la producción y el consumo de energía entre ellos, siendo el resto suministrado por la red eléctrica.

  • ¿Cuántos vecinos tienen que estar de acuerdo en una comunidad para instalar paneles solares?

A veces suele ocurrir que solo una parte de los vecinos estén de acuerdo en contratar la energía solar y hacer el reparto de la misma. Es por esto que es muy importante saber cuál es el mínimo de propietarios que tienen que estar de acuerdo para seguir adelante con una instalación de autoconsumo compartido.

  • En caso de que el uso de la energía sea exclusivamente para las viviendas de los contratantes, se necesitará la aprobación de ⅓ de los propietarios. Por otra lado, en caso de que el uso de las placas solares sea para viviendas, y además, para zonas comunes o generales, será necesaria la aprobación de ⅔ de los vecinos.

Es importante aclarar que en el caso de sólo instalar placas solares para uso de viviendaslos vecinos que estén en contra en la votación, no tienen porqué participar en el pago y uso de las mismas.

  • Por el contrario, en cuanto al uso de zonas comunes, si se aprueba por ⅔, todos los vecinos que votan en contra sí forman parte del acuerdo de instalación de zonas comunes y por tanto tienen que pagar por la instalación.

  • ¿Existen subvenciones para realizar instalaciones fotovoltaicas en una comunidad de vecinos?

Gracias a los fondos Next Generation, efectivamente hay subvenciones para la instalación de placas solares en las comunidades de vecinos. Además el importe es mayor que en una subvención de vivienda unifamiliar. Las bonificaciones pueden alcanzar los 710€ por kWp instalado.

En Energreen Spain le ofrecemos un servicio 360º, por lo que no sólo realizamos su instalación, sino que también le tramitamos las subvenciones y la legalización de toda la instalación. Somos especialistas.

  • ¿Quién es el titular de una instalación de paneles solares de autoconsumo en una comunidad de vecinos?

Según la legislación, La titularidad de la instalación se comparte entre todos los consumidores asociados. Esto es así siempre que sea una instalación colectiva. Es decir, todos los vecinos que tomen parte en el acuerdo de reparto serán al mismo tiempo titulares, productores y consumidores.

Si la instalación se realiza sólo para vecinos y su consumo particular, en este caso, sólo esos vecinos serán titulares, productores y consumidores.

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